abril 20, 2024

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Cambios en el proceso de desahucio en España

Cambios en el proceso de desahucio en España

La Ley de Derechos a la Vivienda introduce reformas de gran alcance en el proceso de desalojo.

El 25 de mayo de 2023 se publicó en el Boletín Oficial de la Federación la Ley del Derecho a la Vivienda. Esta ley pretende establecer una regulación uniforme de determinadas cuestiones importantes relacionadas con la vivienda, sobre la base de las competencias del Estado español.

Fecha de evacuación y notificación a las administraciones públicas correspondientes

Se modifica el apartado 4 del artículo 150 de la Ley de Enjuiciamiento Civil para que cuando el auto señale la fecha de evicción, se remita a las autoridades públicas competentes, en todo caso y sin necesidad de recabar el consentimiento de los interesados. . , cualquier acción debe ser tomada por la autoridad competente.

Además, todo proceso de desalojo debe incluir una orden y resolución judicial que ordene el desalojo del ocupante, especificando la fecha y hora exactas en que se llevará a cabo el desalojo.

Nuevos requisitos procesales

Se añaden los apartados 6 y 7 al artículo 439 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Introducen nuevos requisitos para interponer demandas para recuperar la posesión de un inmueble. La solicitud debe especificar:

  • Si la propiedad es la residencia principal del residente;
  • Si el reclamante es un gran propietario (en caso contrario, deberá aportar un certificado del Registro de la Propiedad en el que figuren los inmuebles a su nombre junto con el escrito de demanda); Y
  • Si el demandado se encuentra en una situación económicamente vulnerable cuando el demandante es un gran tenedor de propiedades. De acuerdo con este último requisito, el escrito de demanda deberá contener un documento expedido por los servicios sociales de la correspondiente administración pública específicamente designados a tal efecto con el consentimiento del residente. Este certificado tiene una validez de tres meses.
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Además, de acuerdo con el procedimiento previsto en los números 1, 2, 4 y 7 del artículo 250.1 del Código de Procedimiento Civil, si el reclamante es un gran propietario y el inmueble es la residencia principal del residente, en una situación de vulnerabilidad, el reclamante deberá acudir al procedimiento de mediación o conciliación, que será establecido por las autoridades competentes.

El alcance de la protección se amplía cuando se identifican situaciones de vulnerabilidad

En el antiguo texto del Código de Procedimiento Civil español, el ámbito de la defensa incluía a las personas que no pagaran la renta de un inmueble en arrendamiento ordinario o financiero o en aparcería, o que fueran susceptibles de reclamaciones por cantidades vencidas del arrendamiento.

El nuevo texto amplía el ámbito de protección a las personas vulnerables que sean desalojadas de su vivienda habitual a raíz de una reclamación de (i) un arrendador, ocupante u otra persona con derecho a la posesión de una finca rústica o urbana en régimen de arrendamiento. tratar de recuperar su posesión; (ii) pretenda la tutela o posesión sumaria de un derecho o cosa cuyo goce haya sido privado o impedido; y (iii) presentados por titulares de derechos In rem Los inscritos en el Registro de la Propiedad reclaman la ejecución de esos derechos contra quienes se opongan a ellos o obstaculicen su ejercicio sin derecho legal.

Un nuevo sistema de toma de decisiones y ampliación de los plazos de suspensión en los procedimientos de expulsión

La ley incorpora los párrafos 6 y 7 del artículo 441 del Código de Procedimiento Civil, que, entre otras cosas, introduce un sistema que deja al tribunal decidir si suspende el proceso de evicción, luego de una evaluación del peso y proporcionalidad de la particular. caso.

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Se amplían los plazos de suspensión en los procesos de desahucio a dos meses para las personas físicas ya cuatro meses para las personas jurídicas (antes uno y tres meses respectivamente).

Osborne Clark comenta

La Ley del Derecho a la Vivienda de España introduce algunas modificaciones importantes en el Código de Procedimiento Civil. Los cambios tienen como objetivo dificultar el desalojo de personas en situación de vulnerabilidad económica, especialmente si el reclamante es un gran propietario.

Se recomienda a los grandes propietarios que deseen iniciar un proceso de desahucio que se asesoren previamente para asegurarse de que se cumplen todos los requisitos legales para evitar que la demanda sea improcedente.